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Condenamos la decisión del Tribunal Supremo que niega la nacionalidad española a los nacidos en el Sáhara antes de 1975
7 de Junio de 2020

Una reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo (29/05/2020) niega la nacionalidad española a una mujer saharaui nacida en 1973 en lo que en aquel entonces era una provincia española, el Sáhara Español.

La sentencia se basa en el art. 17.1.c) del Código Civil, que reconoce ciudadanía española a «los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad». Pero, en este casoi, la Sala del Tribunal Supremo ha considerado que el Sáhara Occidental no formaba parte de España a los efectos de dicha norma.

Hemos de recordar que desde 1958 y hasta noviembre de 1975, fecha en que se firma el tristemente llamado Acuerdo Tripartito entre España, Marruecos y Mauritania, el Sáhara tenía la consideración de “provincia española” y que los allí nacidos recibían el Documento Nacional de Identidad, el pasaporte español y un libro de familia, documentos que han servido como prueba en numerosos recursos presentados ante los tribunales por ciudadanos saharauis para demostrar la nulidad de la pérdida de la nacionalidad española. Así lo reconoció, por ejemplo, la Sentencia Nº: 1.026/1998 - Fecha Sentencia: 28/10/98 de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo sobre la cuestión de la nacionalidad española de los saharauis.

Por mucho que hoy se pretenda reescribir, o revisar la historia, son numerosas las pruebas que se pueden proporcionar sobre el estatus del territorio del entonces “Sáhara Español” y sus habitantes. Con esta sentencia, la Sala Primera del Tribunal Supremo comete un agravio más contra todo un pueblo que hoy ha sido colocado en situación de “apátrida” al no reconorle su derecho a la autodetermiación y la independencia y al mismo tiempo negarle el derecho a la nacionalidad española.

Este dictamen del Tribunal Supremo también ignora y olvida que todavía tenemos responsabilidad en un proceso de descolonización frustrado del que no podemos eludir nuestras responsabilidades. El poder judicial no puede hacer oídos sordos al reclamo de nuestro pueblo para que se haga justicia al pueblo saharaui.

Por lo tanto, el Partido Comunista de España rechaza esta sentencia pues significa un grado más en la escalada de desentendimiento de la cuestión de descolonización del Territorio del Sáhara Occidental y ello representa un agravio al pueblo saharaui y una deshonra para todos nosotros.

El PCE solicita encarecidamente a las autoridades españolas que se proporcione la protección, legal o de cualquier otro tipo, necesaria a los habitantes del territorio del Sáhara Occidental ocupado por Marruecos; a los saharauis refugiados en territorio argelino, hoy confinados en pleno desierto debido a la pandemia Covid-19 y con carencias de toda clase de bienes de primera necesidad, y a todos aquellos saharauis que, por diferentes razones, se encuentran en nuestro territorio necesitados de ayuda.

Una vez más reclamamos justicia para el Sáhara, justicia para su pueblo, Referéndum de Autodeterminación y Reconocimiento de la RASD y del Frente Polisario como único representante del Pueblo Saharaui.

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